Este miércoles 28 de mayo se ha constituido el Consejo del Mar Menor, que es el órgano de participación social que establece el art. 7 de la Ley 3/2020, de 27 de julio, de recuperación y protección del Mar Menor, y en el que están representados a partes iguales los tres niveles de la administración, la sociedad civil y el Comité Científico. Las organizaciones ambientales y plataformas del Mar Menor, que forman parte del mismo, han mostrado su descontento por la espera de casi 5 años desde la aprobación de la Ley, pero celebran que por fín se haya constituido y confían en que cumpla con sus funciones, en especial la de “Proponer actuaciones y dirigir iniciativas a los distintos órganos con competencias en la protección del Mar Menor”.
Tras la constitución del Consejo, se ha procedido por parte del Director General del Mar Menor a la presentación del Informe sobre el estado de la laguna salada. A pesar de que se constatan niveles normales en los parámetros coyunturales de la laguna (principalmente niveles de oxígeno, de nitratos, la turbidez o la clorofila), tanto las organizaciones ambientales como desde el ámbito científico, se ha solicitado el estudio y evaluación de indicadores más estructurales, como la composición y cobertura del fitobentos, que den una imagen más precisa del verdadero estado ecológico de la laguna.
También se ha solicitado que se realice un análisis del estado y evolución de las pesquerías en el Mar Menor, como otro indicador, que permitiría tomar algunas medidas adicionales en la gestión de la laguna. Además debe aprobarse cuanto antes el Reglamento de pesca profesional.
Otro de los asuntos que criticaron desde el ámbito científico, así como desde los colectivos ambientales, fue la falta de reutilización real de las aguas depuradas en las EDARs para riego, a pesar de que se construyeron o reformaron recientemente para ello con fondos europeos. Además, en el caso de la EDAR Mar Menor SUR, el vertido al mar Mediterráneo se hace por un emisario roto, vertiendo cerca de la orilla. La administración y los regantes achacaron el problema a la alta salinidad que presentan, más de la que pueden usar los cultivos, resultado de infiltraciones del freático al alcantarillado, y vertidos de aguas freáticas al mismo.
Donde mayor grado de discrepancia ha existido entre las organizaciones de defensa del medio ambiente y la Dirección General del Mar Menor ha sido cuando se ha procedido a la presentación del Informe anual 2024 sobre el grado de cumplimiento de la Ley 3/2020.
Para la administración regional, dicha norma se está cumpliendo en las tres cuartas partes de su articulado, pero las organizaciones han discrepado totalmente, ya que justamente las carencias se encuentran en los aspectos más esenciales de la norma, como son la ordenación territorial, el programa de actuación de zonas vulnerables a la contaminación por nitratos, o el programa de actuaciones de prevención de la erosión y conservación del suelo en la cuenca del Mar Menor. Consideran que son imprescindibles, por ir al origen del problema, y que es urgente aprobarlas y ejecutarlas a la mayor prontitud posible, y así lo han manifestado.
Otro aspecto que se ha reivindicado es que en el informe se expliciten no sólo el cumplimiento del articulado del Mar Menor en cuanto a la aprobación de planes y programas de acción, sino del grado de cumplimiento de los mismos una vez aprobados, que es lo que realmente importa, y que se evalúe el nivel de eficacia respecto al problema que se pretendía atajar con cada uno de ellos. Las organizaciones consideran que es esencial este análisis en ambos sentidos, el nivel de ejecución y la eficacia de las medidas, para saber si se están tomando las medidas más adecuadas y eficaces.
En el mismo sentido, las organizaciones han echado de menos un análisis agrupado de los expedientes sancionadores, para conocer el tipo de infracciones que se están cometiendo y sancionando, lo que podría revelar puntos críticos y posibles dificultades.
Resumiendo, las organizaciones ambientales consideran que no se está haciendo suficiente en lo principal, en cuanto a reducción y control del uso de fertilizantes, en ordenación del territorio, en gestión del agua, en reducción de la erosión y escorrentías, etc. Les parece insuficiente el grado de cumplimiento de la Ley 3/2020, y no comparten el optimismo de la administración regional.
Para las organizaciones, cualquier apariencia de estabilidad o incipiente recuperación del ecosistema que sea fruto de factores variables del propio ecosistema o del clima, y no como resultado de acciones que reduzcan en origen el problema, será algo muy coyuntural y débil, y volverá a terminar en tragedia en forma de sopa verde y mortandad de praderas, o en forma de anoxia y mortandad de animales.
Para terminar, en el apartado de Ruegos y preguntas, las organizaciones han mostrado interés en que se aclare el procedimiento de proposición de puntos a debatir en el orden del día de las reuniones del Consejo, y confían en poder llevarlo a cabo, con el fin de promover medidas y actuaciones.
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